CÁPSULA LABORAL: LACTARIOS INSTITUCIONALES: OBLIGACIÓN Y CONDICIONES DE USO

Los empleadores que tengan 20 o más trabajadoras en edad fértil deben contar con un lactario institucional en cada uno de sus centros de trabajo que cumpla con dicho supuesto.

El lactario constituye un ambiente habilitado para que las madres puedan extraer y almacenar su leche materna durante la jornada laboral, en condiciones adecuadas para su conservación.

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