Citar una norma extranjera en la carta de despido: ¿es causal de reposición? (Casación Laboral N° 6428-2019, Cajamarca)
La Cuarta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema, en la sentencia bajo comentario, estableció que la invocación errónea de una norma extranjera en una comunicación de despido no vulnera necesariamente el principio de tipicidad, siempre que la conducta imputada se encuentre prevista como causa de despido en la legislación laboral peruana y el trabajador haya tenido conocimiento efectivo de los hechos atribuidos.

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