CÁPSULA LABORAL – DOCUMENTACIÓN PREVISIONAL AL INICIO DE LA RELACIÓN LABORAL

Los empleadores se encuentran obligados a efectuar la entrega del “Boletín Informativo del Sistema Pensionario” a aquellos trabajadores que, al iniciar el vínculo laboral, no se encuentren afiliados a ningún sistema previsional. La citada obligación debe ser cumplida dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de inicio de la relación laboral.  

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