ALERTA LABORAL – SE REGULA LA LICENCIA POR FALLECIMIENTO DE FAMILIARES

Como se recordará, mediante la Ley N° 31602, Ley que establece la licencia por fallecimiento de familiares en el Sector Privado, (en adelante, ‘la Ley’), publicada el 5 de noviembre de 2022, se dispuso que los trabajadores del sector privado tendrían derecho a una licencia de 5 días calendario en caso de fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos.

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