Los contratos de suplencia son una modalidad de contratación temporal regulada en el artículo 61 del Decreto Supremo N.° 003-97-TR, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral.
Este tipo de contrato permite a las empresas contratar a una persona para reemplazar temporalmente a un trabajador estable cuyo vínculo laboral se encuentra suspendido por una causa justificada prevista en la ley o en normas internas aplicables en el centro de trabajo.
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