En el caso de la referencia, el trabajador denunciante laboraba en una jornada atípica de 10 días de trabajo por 10 días de descanso continuo. Durante el periodo de trabajo consecutivo, el trabajador disfrutó de un descanso médico de 8 días, por lo que, al culminar su descanso, su empleador modificó su turno de trabajo y lo reincorporó a trabajar inmediatamente, lo que generó que trabajara durante el periodo de descanso de su jornada atípica.
15/07/202415/07/2024
