La Sala Especializada en Protección al Consumidor, a través de la Resolución N° 891-2023/SPC-INDECOPI, ha establecido que las denuncias planteadas por consumidores contra las empresas que prestan servicios de cobranza de deudas por encargo de otras deben ser declaradas procedentes, toda vez que dichas entidades actúan como agentes en el mercado que, de manera habitual y continua, brindan un servicio.
19/09/202419/09/2024