ALERTA LABORAL – ESTABLECEN COMO DELITO LA APROPIACIÓN INDEBIDA DE LOS APORTES PREVISIONALES O DEL SEGURO SOCIAL DE SALUD

Mediante la Ley N° 31823, se ha modificado el artículo 190 del Código Penal, estableciéndose como delito la apropiación indebida de los aportes destinados al fondo pensionario o al seguro social de salud. En ese sentido, el artículo 190 del Código Penal ha quedado redactado de la siguiente manera.

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