El día 29 de abril de 2021 se publicó en el diario oficial El Peruano” la Circular 0008-2021-
BCRP (en adelante, la “Circular”) aprobada por el Directorio del Banco Central de Reserva,
mediante la cual se ha acordado la tasa máxima respecto a créditos de consumo, créditos
de consumo de bajo monto y crédito para las pequeñas y microempresas hasta 2 UIT,
conforme a lo prescrito en la Ley 31143.
29/04/202130/03/2024